Ciudadanía por vía judicial – Materna

El reconocimiento de la ciudadanía italiana puede tener lugar por vía administrativa, mediante solicitud al Consulado o al Comune de residencia), o también por vía judicial, mediante la decisión del Juez del Tribunal Civil competente.

Se podrá recurrir al Tribunal en caso de descendencia de mujer italiana anterior al 01.01.1948.

En línea general, para saber si tu caso es por vía (materna) judicial, es necesario en primera instancia detectar si en la línea de descendencia – partiendo desde el antepasado italiano hasta el/los interesado/s – hay una mujer (la antepasada que emigró de Italia u otra en la línea que nació en Argentina) y en segundo lugar, si la misma tuvo a su hijo/a, antes o después de la fecha arriba mencionada.

La normativa de la época (Legge n. 555/1912), de hecho, no permitía a la mujer transmitir la ciudadanía italiana a sus propios hijos, así como preveía que perdiera su propia ciudadanía al casarse con una persona de otra nacionalidad.

De todas formas, con la entrada en vigor de la Constitución Italiana (01.01.1948) con dos importantes fallos (Sentencia n. 83 de 1975 y Sentencia n. 30 de 1983) la Corte Constitucional declaró inconstitucionales dichas disposiciones, por violación de los artículos 3 y 29 CN).
Sobre la base de estas resoluciones y de acuerdo a la Sentencia de la Corte Suprema n. 4466 del 2009, se estableció – solamente para vía judicial – el derecho al reconocimiento de la ciudadanía italiana, también a los hijos de mujer italiana, nacidos anteriormente al 01 de enero de 1948.

El Estudio se encarga de analizar tu caso y averiguar si existen los requisitos para pedir el reconocimiento de la ciudadanía por judicialmente y de llevar a cabo – mediante el otorgamiento de un poder – el juicio antes el Tribunal Italiano competente.

Si pensás que te corresponda ir por vía judicial, no dudes en contactarnos vía mail, adjuntando el árbol genealógico familiar, desde el antepasado italiano hasta el/los interesados, indicando las fechas de nacimiento y matrimonios (y los apellidos de cada cónyuge).

Compartir nuestros servicios