Todos los ciudadanos italianos tienen que pedir – al Comune correspondiente en Italia – la transcripción de sus propias actas de estado civil (nacimiento, matrimonio, defunción) formadas en el extranjero.
Las actas del estado civil (nacimiento, matrimonio, defunción) formados en el extranjero relativas a ciudadanos italianos, tienen que transcribirse en el Comune Italiano donde el interesado reside o en el cuál está inscrito en el A.I.R.E. (Anagrafe de los italiano residentes en el extranjero) o, en su defecto, al Comune donde se inscribió o transcribió el acta de nacimiento o, si nació y reside en el extranjero, al Comune de nacimiento o de residencia de su madre o de su padre, o de su ascendiente materno o paterno.
Ahora bien, si por ej., te casaste, tuviste un hijo, tenés que comunicar un divorcio, has sido reconocido ciudadano por vía judicial o sos hijo directo (independientemente de la edad) y tenés que pedir la transcripción de una de las actas anteriormente mencionadas, comunicate con Nosotros!
El Estudio te brindará asistencia para la ubicación del Comune competente en caso no sepas cual te corresponde, acerca de la documentación necesaria a presentar y en que forma y solicitará para vos la transcripción de tus actas!